Estas son algunas de las preguntas más frecuentes sobre los documentos de viaje, si está ante un proceso migratorio o, si desea viajar fuera de los EEUU.

Ahora bien… ¿Cuál de todos es el que usted debe solicitar? Usted debe de saber que existen cuatro tipos de documentos de viaje, que son:

A. Permiso Adelantado/Advance Parole,

B. Documento de Viaje de Refugiado/Refugee Travel Document,

C. Permiso de Reingreso/Re-entry Permit, y

D. Documento de Transporte/Carrier Documentacion

¿Cuándo solicitar el permiso adelantado?

El Permiso Adelantado, le estaría permitiendo regresar a los EEUU sin la necesidad de que solicite una Visa. Pero tenga en cuenta que, este permiso adelantado no le estaría sustituyendo su pasaporte; sin embargo, a la hora de su viaje las aerolíneas podrán aceptar su permiso adelantado, como prueba de que usted puede viajar a los EEUU. Cabe igualmente comentar, que solo el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU, será quien finalmente, le permita su ingreso a los EEUU.

Es muy común que el mismo sea solicitado en los casos de solicitudes de residencia permanente a través del formulario I-485; dado que, si usted viaja fuera de los EEUU sin haber solicitado este permiso, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU podrá denegar su caso migratorio.

También tenemos el caso de las solicitudes de asilo a través del formulario I-589 en las cuales, si ese aplicante desea viajar fuera de los EEUU sin este permiso de viaje, a la hora de su retorno no se le dejará entrar; por cuanto, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración lo considerará abandonado.

¿Cuándo solicitar el permiso de viaje de refugiado?

El Documento de Viaje de Refugiado, es el documento que se emite a los que poseen estatus de Refugiado o Asilado, así como a los Residentes Permanentes, bajo el estatus de Refugiado o Asilado.

Cuando usted posee un estatus de Refugiado o Asilado, pero aún no posee una Residencia Permanente o bien, los familiares/derivados de un Refugiado o Asilado, a la hora de querer regresar a los EEUU, de su viaje fuera de éste.

Solicitud de los demás documentos de viaje

El Permiso de Reingreso, debe solicitarse por parte de residentes permanentes o condicionales, si se desea estar por un año o más, fuera de los EEUU. Tenga en cuenta que este permiso de reingreso será válido hasta las fechas otorgadas en el mismo.

El Documento de Transporte, le permitirá al residente permanente que ha estado fuera de los EEUU por un tiempo, o bien, a los cuales se les ha extraviado, destruido o robado, la tarjeta de residencia permanente, poder abordar en un medio de transporte o vuelo a los EEUU.

Hemos querido hacer un resumen de los permisos de viaje, pero si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración de confianza, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente. Este artículo es solo a base informativa y no consultiva.

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