La Dirección de USCIS en junio 16, 2021, declaró que dejaron sin efecto dos decisiones emitidas durante el gobierno del expresidente Trump; que limitaban la elegibilidad en la solicitud de asilo para sus aplicantes

Para aplicar a la solicitud de asilo basada en la violencia doméstica, que haya sido perpetrada por las parejas o dentro de las relaciones familiares violentas en sus países de origen, puede leer lo dicho por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU en el siguiente enlace: https://www.uscis.gov/es/noticias/comunicados-de-prensa/declaraciones-de-la-directora-interina-de-uscis-tracy-renaud-sobre-las-decisiones-de-hoy-del-doj

Cabe señalar que, en junio 11, 2018, el Fiscal General Sessions durante la administración del Presidente Trump, emitió una decisión llamada: Asunto A-B, en el cual revocaba la posibilidad de solicitar asilo por violencia doméstica; no permitiendo que los sobrevivientes de dicha brutalidad recibieran protección bajo las Leyes de los EEUU.

Como bien sabemos, estas agresiones están íntimamente relacionadas a abusos físicos, sexuales, emocionales o económicos. Y en algunos casos, incluyen amenazas de muerte o la privación de derechos básicos para el vivir del día a día. Esta decisión del Fiscal General Sessions fue dejada sin efecto, y por ende, podrá solicitar su refugio basado en estos actos de agresión. Considere que, le serán solicitadas las evidencias pertinentes por lo cual, le sugerimos que contacte a un abogado experto en el área de inmigración y lo (a) guíe adecuadamente.

Igualmente, hay que resaltar que en estos casos, comúnmente se relacionan con pertenecer a un grupo social particular; como lo pudiera ser el caso, de pertenecer a un grupo de personas víctimas de violencia doméstica. Son definidas como tales los siguientes ejemplos: por su etnia, género, nacionalidad, religión, tribu, etc.

protección por violencia de pandillas

Es importante señalar, que también fue restaurada la oportunidad de solicitar asilo por esta causa; revocada igualmente por el Fiscal anterior Sessions en junio del 2018; así como, igualmente el Departamento de Justicia – DOJ, dejó sin efecto la decisión del Fiscal anterior Sessions en el año 2019, sobre el Asunto L-E-A (asilo como familia por grupo social); y por ende, la solicitud que usted presente en la actualidad ya no será basada en esos casos. La administración anterior, a través del Asunto L-E-A, había establecido que la persecución motivada por la pertenencia en grupos familiares (que eran perseguidos por sus relaciones naturales) no eran base para recibir este amparo.

Este artículo es solo a base informativa y no consultiva. Si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente.

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