En nuestro artículo anterior, hablamos en forma general de la solicitud del procesamiento expedito. Esta vez será dentro del proceso de asilo en los EE.UU.

Para el proceso de asilo, dicha solicitud de procesamiento de expedito debe hacerse ante la oficina que este teniendo la jurisdicción de su caso. Ahora bien, las solicitudes de asilo están siendo programadas, según la solicitud mas recientemente presentada ante USCIS, a los fines de disuadir a las personas de beneficiarse de los retardos en los procesamientos, para obtener los permisos de trabajo a través de solicitudes fraudulentas.

Órden de prioridades de USCIS:

a. La reprogramación de entrevistas a personas que ya estaban programadas.

b. La programación de citas para las solicitudes que han estado inconclusas por 21 días o menos, desde que fueron presentadas.

c. La reprogramación del resto de las solicitudes, comenzando desde la más reciente hasta llegar a las solicitudes mas antiguas.

Ahora bien, si dichas prioridades del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU no le es suficiente, podrá hacer una petición de emergencia y así pueda conseguir la programación de su entrevista. Hay que hacerla por escrito y deberá dirigirla a la oficina de asilo que tiene jurisdicción en su caso. Si no está al tanto de la ubicación exacta de la oficina de asilo, puede visitar el siguiente enlace: https://egov.uscis.gov/office-locator/#/

¿Cómo es el proceso de procesamiento expedito de los casos de asilo, para los que están fuera del país?

Es importante resaltar que aquellos personas que se encuentran fuera de los EEUU, también podrán solicitar el procesamiento expedito de sus casos. Si hablamos de los refugiados, estos deberán presentar sus solicitudes ante el Centro de Apoyo de Reasentamiento. Estas entrevistas de procesamiento expedito, en lo general están  basadas en si la Embajada de los EEUU o una organización no gubernamental, los ha referido a dicho reasentamiento.

También, si son miembros de grupos específicos que ha sido determinados por los EEUU; o tienen un familiar inmediato dentro de los EEUU, como refugiado o asilado. Igualmente, usted cuenta con dicha solicitud de procesamiento expedito, si se encuentra fuera de los EEUU, y esta solicitando un permiso humanitario. 

Este artículo es solo a base informativa y no consultiva. Si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración de confianza, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente.

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ADVERTENCIA


Nuestra compañía NO esta reclutando persona alguna en México, con la promesa de procesar Visas H-2A o H-2B.

Desconocemos quien es Andrea González y la compañía T & L, pero no están relacionadas de ninguna manera a Florida Services & More, LLC.

¡DENUNCIE SU ESTAFA ante las autoridades pertinentes!  No estamos procesando ni recabando dinero para reclutar personas para los Estados de la Florida, Carolina del Norte y/o Michigan, para el cultivo de hortalizas en el Estado de la Florida, Tabaco y Camote para el Estado de Carolina del Norte y cosechas de frutas para el Estado de Michigan.

Nuestra empresa NO posee la cuenta bancaria en HSBC bajo el numero 4213166118227903, NO esta pidiendo 650.00 MXN, y NO esta reclutando personal para Visas de ningún tipo.

Mi logo y mi empresa están siendo usadas fraudulentamente... ¡NO CAIGA EN ESTAFAS! Estamos tomando las acciones legales pertinentes para colaborar con quienes han sido estafados

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