Como bien se sabe, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU (USCIS en inglés), informó el día Lunes 24 de Febrero del 2020, la implementación de la regla final de “Inadmisibilidad” por motivos de Carga Pública para los ciudadanos.
¿En la realidad, qué significa esta regla? El “Department of Homeland Security”, a partir del 24 de Febrero de 2020, empezó a examinar todos los factores para verificar si usted es inadmisible o no, según lo aprobado en el Congreso, entre ellos se encuentran: edad, salud, estatus familiar, bienes, recursos financieros, educación y habilidades del aplicante, entre muchos otros, con el fin de determinar si usted puede obtener los beneficios que esto acarrea.
Cabe recordar, para los que vivimos hace mucho tiempo en este país que, si bien usted buscaba la oportunidad de residir temporal o permanentemente en los EEUU, recaía en usted demostrar que poseía sus recursos económicos y que era suficientemente hábil para mantenerse a usted mismo y, por ende, no dependería de los beneficios públicos.
Esta regla final, deja muy en claro a qué significa ser una “carga pública” y la misma describe en ella, a un extranjero que ha recibido uno o más beneficios sociales durante el tiempo de más de doce (12) meses en total, dentro de cualquier tiempo de treinta y seis (36) meses.
Ahora bien, una vez claros en el tiempo de haberlos recibido, definamos qué comprenden ellos. ¿Cuáles beneficios públicos podría hacerlo inadmisible? Se deben mencionar: los monetarios para el mantenimiento de ingresos (any cash benefits for income maintenance), Ingreso de Seguridad Suplementario (Supplemental Security Income), Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance to Needy Families), Programa de Asistencia Nutricional Suplementario (Supplemental Nutrition Assistance Program), la mayoría de los tipos de Medicaid, y ciertos programas de vivienda (housing programs).
Si usted está tramitando su cambio de estatus y está aplicando para obtener la residencia americana permanente (green card), debe saber que estará sujeto a esta regla, esto quiere decir que, debe demostrar que no es probable que, en algún momento, usted pueda convertirse en carga pública para el gobierno. ¿Está al tanto de cuál es el formulario? A continuación, le informamos que el formulario correspondiente, es el I-944, Declaración de Autosuficiencia (Declaration of Self-Sufficiency). Aquí lo podrás encontrar: https://www.uscis.gov/i-944
Ahora bien, una pregunta que todos nos hacemos es, ¿esta regla se extiende a nuestros familiares que poseen Visa de Turista? Es importante que sepan que, igualmente le está solicitando a aquellos que están requiriendo las extensiones de estadía de no inmigrante o aquellos que están aplicando para cambios de estatus de no inmigrante, que comprueben que no han recibido beneficios públicos para inmigrantes durante más de doce (12) meses en total, dentro de cualquier tiempo de treinta y seis (36) meses a partir del 15 de Octubre, 2019 (aunque en la realidad, están tomando en cuenta la fecha de 24 de Febrero, 2020).
Asimismo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU, ha esclarecido las excepciones, de quienes estarán exentos de la regla final de inadmisibilidad por motivos de carga pública para la ciudadanía y ellos son: los refugiados (refugees), asilados (asylees), algunos auto-peticionarios de VAWA (certain VAWA self-petitioners), peticionarios de visas U (U petitioners), y solicitantes de visas T (T applicants).
Este artículo es solo a base informativa y no consultiva. Si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración de confianza, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente.