Tenga en cuenta que en el blog de nuestra página web, estuvimos hablando en relación a las categorías de elegibilidad. Este es un punto sumamente importante a la hora de saber, si se puede solicitar su tarjeta verde/green card.

Aquí le copiamos el link, donde hablamos de dichas categorías de elegibilidad: https://floridaservicesandmore.com/tips-legales-contables-usa/como-puedo-calificar-para-poseer-una-tarjeta-verde-permanent-resident-card/ . Muchos de nuestros clientes nos escriben con la inquietud de saber si necesitan a un patrocinador, para poder solicitar su documento de residencia permanente.

Pues bien, hablemos un poco de ese tema. Es muy común, que una solicitud de tarjeta verde/residencia permanente se haga a través de una petición de inmigrante y por supuesto, de la aplicación en sí de la tarjeta verde. Dicha petición de inmigrante, casi siempre la radica a su favor quien comúnmente es llamado “patrocinador”. A continuación, citaremos algunos de los formularios más usados para solicitar residencia permanente, en este tipo de casos y son:

Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero

Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero

Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado

Formulario I-589, Solicitud de Asilo o Suspensión de Remoción

Así como, las siguientes peticiones:

Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial

Formulario I-526, Petición de Inmigrante por Empresario Extranjero

Formulario I-918, Petición de Estatus de No Inmigrante U

Formulario I-929, Petición de Familiar Calificado de un No Inmigrante U-1

Aparte de examinar las categorías de su elegibilidad y si se necesitará a un patrocinador, también se debe evaluar dónde estarán físicamente a la hora de su solicitud de la tarjeta verde/residencia permanente ¿Estarán dentro o fuera de los Estados Unidos de América?

Esto punto es importante, dado que se debe analizar lo siguiente:

Si está dentro de los EEUU y está solicitando su ajuste de estatus de inmigración, y si se encuentra con la petición de inmigrante aprobada, ya usted podrá aplicar por su tarjeta verde/residencia permanente. Y si no tuviese su petición de inmigrante aprobada, deberá verificar si podrá aplicar por ambas, en lo que se denomina como: trámite conjunto.

Si estuviese fuera de los EEUU, entonces su trámite consular se llevará a cabo ante el Departamento de Estado de los EEUU. A continuación, encontrará el enlace para que pueda verificar las visas disponibles: https://www.state.gov/  Tenga en cuenta que, también puede visitar la página de NVC (National Visa Center) en el enlace siguiente: https://travel.state.gov/content/travel/en/us-visas/immigrate/national-visa-center/nvc-contact-information.html  

Si es elegible para solicitar una Tarjeta Verde/Residencia Permanente, entonces deberá determinar qué proceso utilizará: si el ajuste de estatus antes USCIS o el trámite consular ante el Departmento de Estado.

Nuestros clientes siempre nos expresan su preocupación de no conocer los pasos para la solicitud de la tarjeta verde/residencia permanente. ¿En qué consiste? ¿Qué debo esperar? ¿A dónde tendré que ir? ¿Qué tiempo dura la green card para llegar? ¿Cómo revisar mi caso de petición? Estas son muchas de las dudas de nuestros clientes.

Queremos hacerle un resumen de los pasos más comunes que se llevarán a cabo, a la hora de solicitar la visa de green card y son:

a. La radicación propiamente de la petición a su favor, bien sea por su patrocinador o por usted mismo.

b. Una vez aprobada dicha petición y existiendo la visa disponible, ya se presentaría la solicitud propiamente de la tarjeta verde/residencia permanente, bien sea ante USCIS o ante el Departamento de Estado de los EEUU.

c. Durante el proceso en sí, se le asignará una cita para tomar sus huellas dactilares, así como tomarle una fotografía y recabar su firma. Usted deberá acudir a dicha cita.

d. Igualmente, recibirá una fecha y hora para que asista a su entrevista de residencia permanente. Definitivamente, usted deberá acudir.

e. Una vez entrevistado, le será enviada la decisión de su solicitud de tarjeta verde.

Es bastante común que usted se preocupe durante el proceso y quiera constatar el estatus de su caso. A continuación, le indicamos el enlace que usted podrá visitar a la hora de verificar el estatus del mismo: https://egov.uscis.gov/casestatus/landing.do   Igualmente, es muy común “que la espera, desespere” y por ello, le indicamos el enlace para que pueda chequear el tiempo de procesamiento de los casos: https://egov.uscis.gov/processing-times/es

Aparte de lo anteriormente comentado, también debemos indicarles que hoy en día, se cuenta con la tecnología adecuada para que pueda monitorear su caso e inclusive, para saber cuándo el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU le hará llegar finalmente su tarjeta verde/residencia permanente.

Una de las opciones que usted puede hacer, sería abrir una cuenta ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU a través del enlace: https://egov.uscis.gov/casestatus/showSplash.do   Asimismo, se puede abrir una cuenta ante el Servicio Postal de los EEUU, donde podrá registrarse para recibir el estatus del correo entregado a usted, como configurar alertas y mensaje de texto en relación a sus entregas: https://informeddelivery.usps.com/box/pages/intro/start.action

Como último, le mencionamos que, si ya ha recibido su tarjeta verde/residencia permanente, solo resta advertirle que esté alerta a la fecha de expiración. Debe cuidar de portar dicha tarjeta, en buenas condiciones de uso y vigente.

Con esto les indico que, si el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EEUU les aprueba su visa de green card por 10 años, usted podrá renovarla a través del formulario I-90. Si por el contrario, usted recibió una tarjeta verde/residencia permanente por 2 años, usted deberá presentar la petición para cancelar las condiciones de su residencia a través del formulario I-751, esto durante el lapso de 90 días antes de que se expire su residencia (si ésta, está basada en una petición familiar); y usted deberá presentar la petición para cancelar las condiciones de su residencia, a través del formulario I-829, esto durante el lapso de 90 días antes de que se expire, (en caso de estar basada en inversión o empresa).

Este artículo es solo a base informativa y no consultiva. Si desea recibir una consulta legal, sírvase contactar a su abogado de inmigración de confianza, a los fines de que le sea proveída su asesoría legal correspondiente.

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